Desde el 1 de enero de 2026, la Ley de Medidas Fiscales y Administrativas introduce modificaciones relevantes en la Ley del Patrimonio Cultural de Galicia y en la Ley de Rehabilitación, con el objetivo de agilizar la tramitación administrativa y adecuar el nivel de control a la entidad real de las intervenciones sobre bienes protegidos.
La Consellería de Cultura mantendrá la competencia para autorizar las actuaciones que afecten a Bienes de Interés Cultural (BIC), bienes con protección integral, los cambios de uso —con independencia de su catalogación— y las intervenciones sobre la traza del Camino de Santiago y parcelas colindantes, salvo en suelo urbano de municipios de más de 50.000 habitantes.
Por el contrario, las intervenciones en bienes con protección estructural o ambiental, sus entornos y el resto del territorio histórico del Camino de Santiago pasarán a tramitarse mediante licencia municipal directa, reforzando el papel de los ayuntamientos y reduciendo la intervención autonómica en actuaciones de menor impacto patrimonial.
La reforma matiza además el artículo 45.2, consolidando que los trabajos de mantenimiento, reparación tradicional y mejoras no visibles se tramiten siempre en el ámbito municipal, al considerarse compatibles con la preservación de los valores culturales.
En este nuevo escenario cobra especial relevancia la labor de las Entidades de Certificación de Conformidad Municipal (ECCOM), que asumen funciones de verificación técnica y documental, revisión de proyectos y emisión de informes de conformidad, facilitando la tramitación de licencias municipales y reforzando la seguridad jurídica, especialmente en municipios con menor capacidad técnica.
Este marco renovado busca reducir plazos y descongestionar la Consellería de Cultura, que actualmente gestiona decenas de miles de expedientes, avanzando hacia un modelo de gestión del patrimonio cultural gallego más eficiente, proporcionado y alineado con la naturaleza de cada intervención.









