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Nuevo DB HS6 del Código Técnico de la Edificación. Protección frente al radón
El radón (Rn-222) es un gas radiactivo incoloro e inodoro que procede de la desintegración radiactiva del uranio presente de forma natural en suelos y rocas, especialmente graníticos. Emana fácilmente del terreno, ascendiendo entre los poros del mismo, hasta llegar a la superficie, donde pasa al aire y se desintegra emitiendo una serie de partículas radiactivas.
La presencia de radón en el exterior de los edificios es baja debido a que una vez alcanzada la superficie se diluye rápidamente entre los gases de la atmósfera. Sin embargo, si el radón se filtra en un espacio cerrado, su concentración se acumula de manera imperceptible.
El radón está considerado como cancerígeno por la OMS. Según esta, el radón es la segunda causa de cáncer de pulmón después del tabaco en fumadores, y la primera entre quienes no han fumado nunca.
El pasado 27 de diciembre de 2019 se publicó el Real Decreto 732/2019, de 20 de diciembre, por el que se modifica el Código Técnico de la Edificación, aprobado por el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo. Entre otras modificaciones, se incluye una nueva exigencia básica de protección frente al gas radón (DB-HS6).
Conforme a las disposiciones transitorias del Real Decreto 732/2019, esta nueva versión del DB-HS será de aplicación obligatoria a las obras de nueva construcción y a las intervenciones en edificios existentes para las que, en ambos casos, se solicite licencia municipal de obras a partir del 28 de junio de 2020. Para aquellas para las que la licencia municipal de obras se solicite antes de esa fecha su aplicación es voluntaria, pudiendo aplicarse también la versión anterior del DB-HS.
La directiva 2013/59/EUROATOM obliga a los Estados miembros a establecer niveles nacionales de referencia para las concentraciones de radón en recintos cerrados y a adoptar medidas adecuadas para limitar la penetración del radón en los edificios. Es por esto que se introduce una nueva exigencia básica de salubridad HS6 de protección frente al gas radón, por la cual se obliga a que en los edificios situados en los términos municipales en los que se ha apreciado un nivel de riesgo no despreciable, se dispongan los medios adecuados para limitar el riesgo previsible de exposición inadecuada en su interior a radón procedente del terreno.
Muchos municipios de Galicia, una de las zonas más afectadas de España, se encuentran en la denominada zona II (apéndice B del DB-HS6), zonas geográficas más críticas, en base a las medidas realizadas por el Consejo de Seguridad Nuclear. Se considera que hay una probabilidad significativa de que los edificios allí construidos sin soluciones específicas de protección frente al radón presenten concentraciones de radón superiores al nivel de referencia.
BUREAU VERITAS presta el servicio de gestión del radón adaptado a la Directiva 2013/59/EURATOM, que incluye la determinación de zonas sensibles y zonas de muestreo para la medida de la concentración de radón, la instalación y seguimiento de los sensores durante los periodos de medición, en el caso de sensores pasivos, el revelado y lectura de los detectores de trazas mediante laboratorios colaboradores acreditados por ISO/IEC 17025, el Laboratorio de Radón de Galicia entre otros, y la redacción de los informes sobre mediciones iniciales y seguimientos periódicos, teniendo en cuenta los factores sensibles para la evaluación (puestos de trabajo, grados de ocupación, materiales,…) en relación con los límites de referencia establecidos por las reglamentaciones.